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El Tribunal Supremo ha admitido este jueves a trámite el incidente de nulidad contra las polémicas sentencias que salvaron ‘in extremis’ a la banca en el episodio sobre la guerra de las hipotecas. Tras una reunión, los magistrados han decidido elevar la cuestión para que sea analizada por todos los componentes de la sala, más de 30 magistrados. Se reproducirá así un debate similar al celebrado hace dos meses cuando, por solo dos votos, una mayoría tumbó la primera decisión sobre si debía ser el cliente o la entidad bancaria quien asumiera el pago del impuesto de actos jurídicos documentados (AJD), informan a El Confidencial fuentes jurídicas.

El recurrente, la Empresa Municipal de Rivas, se decidió a presentar batalla y reclamar la anulación de las dos resoluciones que inclinaron la balanza a favor de la banca acompañadas por una ristra de 12 votos particulares. La primera de las decisiones a adoptar, cuyo estudio ha arrancado este jueves, será la admisión a trámite de esa anulación que se sustenta, según informan a El Confidencial fuentes jurídicas, en un defecto formal que creó indefensión.

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Para entenderlo, hay que rebobinar y recordar lo sucedido en noviembre. La Sección Segunda determinó en varias sentencias que el impuesto debía ser abonado por las entidades y no por los consumidores.. A continuación, en una decisión muy criticada, el presidente de la sala, Luis María Díez-Picazo, forzó la celebración de un pleno para examinar la cuestión, alegando que la resolución suponía un giro radical en el criterio hasta ahora sustentado y tenía, además, enorme repercusión económica y social. Por ello dispuso, con carácter urgente, dejar sin efecto todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes con un objeto similar y llevar a este pleno de la sala, en el que participaron una treintena de magistrados, los recursos pendientes, «a fin de decidir si dicho giro jurisprudencial debía ser o no confirmado«.

El pleno de la discordia arrancó el 5 de noviembre en medio de una enorme división y se cerró con una marcha atrás por 15 a 13 votos. En ningún momento se notificó a la Empresa Municipal de Rivas que iba a celebrarse, por lo que el afectado directo no pudo pronunciarse en contra. Además de este argumento, el recurso reproduce párrafos enteros de al menos dos de los votos particulares dictados.

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La decisión ha quedado en manos de un plenillo compuesto por el presidente de la sala, los presidentes de sección —cuatro en total, dos de ellos discrepantes con la decisión mayoritaria de noviembre—, los dos ponentes de las sentencias y el más antiguo y el más moderno de la seccion de procedencia, o sea, la segunda, la misma cuya argumentación se tumbó.

En una reunión que ha transcurrido sin las tensiones que la cuestión suscitó en el pasado, se ha admitido el incidente que se elevará a pleno una vez se dé traslado a las partes para alegaciones. Las fuentes consultadas calculan que tendrá lugar en un plazo máximo de un mes.

En caso de que se decida la admisión, es previsible que el tema vaya a un pleno en manos de nuevo de la treintena de magistrados. Tendrán que revisar los argumentos y volver a pronunciarse otra vez. Hace dos meses, un Supremo roto confirmó tras dos días de tensión los peores presagios y provocó la indignación generalizada de la sociedad y de la propia carrera judicial forzando el volantazo.

El episodio se revivirá ahora y la frágil recuperación de la normalidad en la sala dividida puede irse al traste. Las fuentes jurídicas consultadas confirman que, si la decisión final es un rechazo de la nulidad, el siguiente paso dejará la polémica en manos del Tribunal Constitucional, ante quien se recurrirá en amparo.

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