En el despacho Saralegui Iglesias Abogados trabajamos de forma continua y eficaz las cuestiones bancarias porque somos especialistas en derecho bancario. En este caso, explicaremos qué es el índice de referencia de préstamo hipotecario (IRPH)

Sois muchos los que nos estáis preguntando acerca del índice de referencia de préstamo hipotecario, más conocido como IRPH. Vamos a intentar solventar todas vuestras dudas con un pequeño cuestionario que hemos preparado:

¿Qué es el IRPH?

Se trata de uno de los seis índices oficiales con los que una entidad financiera puede gravar o referenciar en España una hipoteca (el más conocido de los seis es el Euríbor). Los bancos y clientes pueden elegir qué índice aplicar, aunque siempre con la obligación para el banco de cumplir las obligaciones de transparencia que le impone la normativa comunitaria.

¿Cómo se calcula?

El IRPH se calcula según la media de los tipos de interés de los créditos de las hipotecas que conceden los bancos. Lo calcula el Banco de España, que lo publica mensualmente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En 2004, uno de cada diez contratos hipotecarios se vinculó a este índice, aunque actualmente está en desuso y ha disminuido hasta el 0,28% del total de hipotecas en 2018.

¿Cómo se aplica?

Para establecer el valor del IRPH, las entidades enviaban al Banco de España una media de los intereses a los que colocaban sus hipotecas. El Banco de España, a su vez, hacía una media de las cifras recibidas y la publicaba. Esa cifra era la referencia para comercializar los préstamos. El problema radica en que nadie controlaba los datos que enviaban los bancos, por lo que el IRPH era fácilmente manipulable por ellos.

No obstante, en los años de la burbuja inmobiliaria, el Banco de España recomendó a las entidades financieras aplicar al IRPH un diferencial negativo, con el fin de contrarrestar el efecto inflacionista de las comisiones. Sin embargo, de manera general, los bancos aplicaron un diferencial positivo, incrementando la suma destinada al IRPH.

¿Por qué está de actualidad el asunto del IRPH?

Las demandas sobre el uso de este índice comenzaron en el año 2013, cuando el euríbor empezó a bajar a valores cercanos a cero, a raíz de las bajadas de tipos del Banco Central Europeo, mientras que el IRPH se estabilizó cerca del 2%.

Es evidente que hubo una falta de información por parte de los bancos, sobre el funcionamiento del IRPH, y es por este motivo por el que estamos solicitando vía judicial su nulidad por falta de transparencia. Muchas personas optaron por el IRPH porque recibieron una información inveraz. Se les dijo que era más estable que el euríbor y era falso, ya que sus hipotecas siempre han sido mucho más caras.

¿Cuál es la diferencia entre aplicar el Euribor y el IRPH a una hipoteca?

La diferencia entre aplicar el Euribor y el IRPH, sería de unos 165 euros de media al mes. En definitiva, el IRPH tiene unas condiciones mucho más perjudiciales para el hipotecado que el Euribor.

¿Qué dicen los tribunales acerca de esto?

Los tribunales españoles han dictado sentencias contradictorias, algunas dan la razón a los consumidores y otras, en cambio, a los bancos. 

Actualmente, tenemos en el despacho cientos de procedimientos judiciales  sobre las hipotecas referenciadas al IRPH. Sin embargo, nuestra recomendación es esperar a judicializar los asuntos  hasta que se dicte la tan esperada sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). 

La falta de transparencia e información en la comercialización del IRPH, unido al perjuicio que le genera al hipotecado, ha provocado que Europa plantee dudas sobre su nulidad. Por ello, el día 10 de septiembre de 2019, el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha pronunciado sobre este asunto. Su respuesta ha sido clara: una cláusula fijada entre el consumidor y el banco, tomando como valor de referencia el IRPH, puede ser objeto de control judicial para ver si es abusiva o no. Este hecho puede hacer que los jueces anulen dichas cláusulas y compensen al cliente. La banca española no tenía ninguna obligación de usar el IRPH como referencia, escogiéndolo incluso cuando era más perjudicial para los ciudadanos.

¿Qué va a pasar a partir de ahora?

La opinión del abogado general del TJUE no es vinculante, pero suele influir en la sentencia del tribunal europeo. No obstante, desde la admisión a trámite del asunto, el TJUE está  estudiando en profundidad la adecuación del IRPH. Los aspectos que deberá aclarar son si es nulo o ilegal, si tiene que estar sometido a los mismos controles de transparencia que otros productos y si, de ser contrario a los bancos, cabría la posibilidad de conceder la retroactividad.

El momento de reclamar lo pagado de más, incluso para quienes ya han liquidado su préstamo, y de revisar las condiciones llegará más adelante, y siempre que el tribunal respalde las tesis de los consumidores. Según fuentes jurídicas, la sentencia del TJUE se demoraría dos o tres meses más, por lo que estamos hablando del primer trimestre del año 2020.

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