IRPH, ¿Qué es y cómo se puede reclamar?

Saralegui Iglesias Abogados es una firma especializada en Derecho Bancario. Prestamos especial interés a los afectados por la mala praxis de las entidades bancarias  al comercializar productos financieros engañosos.

¿Qué hacer si estás afectado por el IRPH?

 

El pasado 3 de marzo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto por fin la cuestión prejudicial que le había planteado el Juzgado de Primera Instancia nº38 de Barcelona, sobre si resulta abusivo o no el tipo de interés remuneratorio IRPH

Pero, primero, ¿qué es el IRPH? El IRPH es un Índice de Referencia vinculado a Préstamos Hipotecarios, uno de los seis índices oficiales -entre los que se encuentra el Euribor, el más conocido- que el Banco y el cliente pueden acordar que se aplique al préstamo.  Este índice se calcula conforme a una media de los préstamos a tres años concedidos por los bancos, las cajas de ahorro y las entidades financieras en general; lo calcula el Banco de España y se publica todos los meses en el BOE. El objetivo de este índice era crear una referencia hipotecaria estable frente a la oscilación de otros índices como el Euribor, que recordemos sufrió una subida imparable entre el 2005 y 2009, para finalmente situarse incluso en niveles negativos.    ¿Por qué está de actualidad el IRPH? Las demandas sobre el uso de este índice comenzaron en el año 2013, cuando el Euribor empezó a rondar valores cercanos a cero, a raíz de las bajadas de tipos del Banco Central Europeo, mientras que el IRPH se estabilizó cerca del 2%. Esto evidenció una falta de información por parte de los Bancos sobre el funcionamiento del IRPH, y es por este motivo por el que se solicita vía judicial su nulidad por falta de transparencia.   En la práctica, ¿Hay diferencia entre aplicar el Euribor y el IRPH a una hipoteca? Sí. Aplicar un índice u otro, puede encarecer o abaratar mucho el precio del préstamo, es decir, los intereses que, mes a mes, se pagan. La diferencia entre aplicar el Euribor y el IRPH, sería de unos 165 euros de media al mes. En definitiva, el IRPH tiene unas condiciones mucho más perjudiciales para el hipotecado que el Euribor. Hasta ahora, ¿qué decían los Tribunales Españoles? Hasta ahora los tribunales españoles venían dictando sentencias contradictorias, algunas dando la razón a los consumidores y otras, en cambio, a los Bancos. De ahí que se plantease la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, para que marcase el criterio unificado para los Tribunales Españoles ¿La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es favorable al consumidor? Este despacho entiende que sí. La Sentencia abre la puerta  a acudir a los Tribunales para solicitar la nulidad, por abusiva, de la cláusula de IRPH.  Es una Sentencia muy positiva, puesto que los bancos, en muchas ocasiones,  no han cumplido las exigencias informativas que establece el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, es decir, el control de transparencia e información sobre esa cláusula, y escogían este índice de referencia incluso cuando era más perjudicial para el consumidor que otros;  por lo que abre la puerta a la reclamación de los afectados.  Tendremos que acreditar, con ayuda del cliente, que el banco no suministro toda la información precontractual necesaria a la hora de suscribir el préstamo hipotecario.  ¿Pueden reclamar todos los clientes con IRPH en sus préstamos? Sí, siempre que el cliente tenga este índice en su préstamo.  ¿Ha dictaminado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea  que el IRPH es abusivo? El Tribunal ha sentado las bases para que los Jueces españoles declaren si el IRPH es abusivo, es decir, que se haya cumplido con el deber de información, fehaciente y clara, de las consecuencias económicas de aplicar ese índice de referencia frente a otros, por ejemplo, el Euribor; y que a esa información se acompañara un histórico de su evolución.  ¿Estamos igual que antes porque es un juez español el que decide? No. Es cierto que será un Juez español quien, caso por caso, decidirá sobre la nulidad de la cláusula en cada préstamo con este índice IRPH. Pero esta Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea abre una puerta, hasta ahora cerrada por nuestro Tribunal Supremo, que en 2017 sentenció que la simple referencia en la hipoteca al IRPH no implicaba falta de transparencia ni abusividad.  Ahora, el Tribunal Europeo permite valorar en cada caso si los Bancos han cumplido o no, al contratar el préstamo con los clientes, con sus obligaciones de transparencia. ¿Qué novedades aporta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea con esta Sentencia? El Tribunal Europeo establece los criterios interpretativos que deben seguir, de ahora en adelante, los jueces españoles para dictar sus resoluciones conforme a las Directivas y Reglamentos comunitarios Ahora es labora de los Jueces españoles aplicar esos criterios interpretativos para decidir si, en cada caso concreto, hubo o no falta de transparencia en la suscripción del préstamo hipotecario referenciado al IRPH. Soy afectado por el IRPH y quiero reclamar ¿Qué pasos debo dar ahora? El primero de los pasos es reclamar en su entidad la devolución de las cantidades pagadas de más por la aplicación del IRPH y la supresión del índice IRPH en el préstamo.  Si no recibe una respuesta positiva del banco en el plazo de tres meses, se debe plantear la demanda judicial, donde es necesario  que le represente un abogado. ¿Hay retroactividad? , es decir,  ¿me devuelven el dinero desde el principio?  Sí. El afectado por IRPH puede reclamar todo lo pagado de más desde que se comenzó a aplicar el IRPH hasta que se dejó de aplicar o, si sigue aplicándose, hasta ahora. ¿Cuánto dinero puedo recuperar? Dependerá de cada caso, de cada préstamo y sus condiciones. Pero se estima una media de 20.000 euros por cliente afectado.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_cta h2=»»]

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